Ahorro solidario
¿Qué es?
Es una aportación de la Dependencia de $3.25 pesos por cada peso que tú deposites de forma voluntaria. Existen dos opciones: 1 ó 2 % de tu sueldo básico (SB), de acuerdo a lo siguiente:
| SUBCUENTA DE AHORRO SOLIDARIO |
| Opción |
Aportación de trabajador |
+ |
Aportación del Gobierno |
= |
Total de su Ahorro solidario |
Con ello tu aportación a tu cuenta individual pasaría... |
| A |
1% de tu SB |
|
3.25% de tu SB |
|
4.25% de tu SB |
de 11.32% a 17.04% |
| B |
2% de tu SB |
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6.5% de tu SB |
|
8.50% de tu SB |
de 11.3% a 21.29% |
¿Cómo puedo hacerlo?
Si deseas participar en este beneficio, debes comunicar la decisión al área de Recursos Humanos de tu Dependencia y ésta indicará lo que procede.
¿Cada cuándo puedo hacerlo?
En cualquier momento se puede solicitar ante la dependencia en la que labores, la cancelación o bien la disminución del porcentaje de aportación (de 2% a 1%).
¿Puedo aportar un monto distinto?
De acuerdo con el artículo 100 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. No está previsto monto distinto para el esquema de Ahorro Solidario del 1% ó 2%.
¿Cómo se controla?
El ahorro que realices por este concepto, se verá reflejado en el Estado de Cuenta que debe enviarte a tu domicilio tu AFORE al menos 3 veces por año.
¿Cuándo lo puedo retirar?
Estos recursos se pueden disponer cuando el trabajador decida retirarse y se podrán destinar para incrementar la pensión, o retirarlo en una sola exhibición (siempre y cuando el saldo de su Cuenta Individual le permita cubrir una pensión de al menos 30% mayor a la pensión garantizada).