Consejos prácticos para aprovechar mejor tu ahorro para el retiro


    Te presentamos el esquema actual en comparación al esquema anterior para el Retiro Parcial por Desempleo y los requisitos para que hagas uso de este derecho.

     

      Esquema anterior Esquema actual
    Cantidad a Retirar

    La que resulte menor entre:

     

    a) 75 días de tu Salario Base de Cotización (SBC) de las últimas 250 semanas ó

     

    b) 10% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantia y Vejez (RCV)

    Existen dos tipos de retiros:

     

    Retiro A: 30 días de tu Salario Base de Cotización (SBC) con tope de 10 salarios mínimos.


    Pago en una sola exhibición

     

    Retiro B: Lo que resulte menor entre:


    • 90 días de Salario Base de Cotización ó
    • 11.5% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez.


    Pago en una sola exhibición


    Requisitos

    Haber sido dado de baja del Régimen Obligatorio del IMSS

     

    Que hayan transcurrido 46 días naturales a partir de que quedaste desempleado


    No haber realizado este tipo de retiro en 5 años

    Haber sido dado de baja del Régimen Obligatorio del IMSS

     

    Que hayan transcurrido 46 días naturales a partir de que quedaste desempleado


    No haber realizado este tipo de retiro en 5 años

     

    Retiro A:
    • 3 años de registro ante el IMSS
    • 12 bimestres cotizados

     

    Retiro B:
    • 5 años de registro ante el IMSS
    • 12 bimestres cotizados

     

    Si cumples con la antigüedad mínima de 5 años se te entregará la cantidad que resulte mayor entre del Retiro A y el Retiro B


    Consideraciones
    Al hacer uso de este derecho, te disminuyen las semanas cotizadas, el número lo determina el IMSS.

    Al hacer uso de este derecho, te disminuyen las semanas cotizadas, el número lo determina el IMSS.

     

    Reintegración de semanas cotizadas disminuidas, total o parcialemente si al reingresar a laborar aportas total o parcialmente a tu Cuenta Individual el monto retirado.

     

    Si perdiste tu empleo a partir del 1° de octubre de 2008, solicitaste tu Retiro por Desempleo, y ya lo retiraste, podrás solicitar un retiro complementario que corresponde a la diferencia entre la cantidad que recibiste y a la que tienes derecho con las nuevas disposiciones, esta cantidad será determinada por la Afore.

     

    Si cuentas con tu "Certificado de Baja" emitido por el IMSS, con fecha entre el 15 de noviembre de 2008 y hasta el 26 de mayo de 2009 y aún no realizas tu retiro, se podrá recalcular el monto que puedes recibir conforme a las nuevas disposiciones.

     

    Trámite

    1.- Acudir a la clínica del IMSS que te corresponde a tramitar tu "Certificado de Baja de Trabajador Desempleado"


    2.- Acudir a la Unidad Especializada de Atención al Público o Módulos de Servicio para llenar la "Solicitud de disposición de Recursos"

     

    3.- Acudir a cualquier sucursal de HSBC para solicitar el retiro o solicitar un Traspaso a tu cuenta bancaria.

    1.- Acudir a la clínica del IMSS que te corresponde a tramitar tu "Certificado de Baja de Trabajador Desempleado"


    2.- Acudir a la Unidad Especializada de Atención al Público o Módulos de Servicio para llenar la "Solicitud de disposición de Recursos"


    3.- Acudir a cualquier sucursal de HSBC para solicitar el retiro o solicitar un Traspaso a tu cuenta bancaria.

     

    Documentos que debes presentar en la UEAP o Módulo de Servicio

    Original del Certificado de Baja de Trabajador Desempleado, que emita el IMSS


    Cualquier documento que acredite tu registro en ING Afore


    Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses


    Original de tu identificación oficial:


    a) Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral


    b) Pasaporte


    c) Documento Migratorio correspondiente (FM2 o FM3) tratándose de extranjeros

     

    Original del Certificado de Baja de Trabajador Desempleado, que emita el IMSS


    Cualquier documento que acredite tu registro en ING Afore


    Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses


    Original de tu identificación oficial:


    a) Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral


    b) Pasaporte


    c) Documento Migratorio correspondiente (FM2 o FM3) tratándose de extranjeros

     

     



    Si requieres información adicional no dudes en llamar a nuestro Centro de Atención Telefónica 01 800 4 800 800 para el Distrito Federal y larga distancia sin costo, o puedes comunicarte al IMSS 01 800-623 23 23 sin costo para larga distancia.



    Fuente: Ley del IMSS Régimen 97 Articulo 191 y 198
    Consulte www.consar.gob.mx